Beneficios Fiscales

Respecto de los Beneficios Fiscales y Contables, que una Instalación de AutoConsumo Empresarial puede generar destacamos los siguientes :
- Posibilidad de compensar el IVA soportado de la instalación, con IVA repercutido, derivado de actividades propias en el negocio de su Empresa.
- Libre Amortización. En 2.024 el Gobierno prorrogó el Real Decreto-ley 18/2022, que favorece la libre amortización de inversiones en proyectos fotovoltaicos de autoconsumo.Esto supone un gran incentivo fiscal para las empresas, ya que este tipo de instalaciones estaban obligadas a amortizar durante 10 años y ahora se puede hacer en un solo año, con el consiguiente ahorro en el pago de su Impuesto de Sociedades.

- Deducción en Impuesto de Sociedades. Las empresas podrán acceder a una deducción en la base del impuesto de sociedades del 5 % del coste de instalación fotovoltaica
- Bonificación en el Impuesto de Actividades Económicas, (IAE). A nivel Local, cada vez más Ayuntamientos ofrecen este tipo de incentivo. En el caso concreto del Ayuntamiento de Madrid, la bonificación se eleva al 50% de la cuota del impuesto.
- Para el caso del Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, las bonificaciones suelen estar limitadas al uso residencial, pero algunos ayuntamientos las aplican a todos los usos, por lo que es conveniente realizar la comprobación, en el caso de que pudiéramos tener derecho a ella.
* Vigentes en el momento de realizar este artículo.
Pueden variar a lo largo del tiempo.
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